jueves, 16 de marzo de 2017

El Femicidio ...y la impuidad

¿Qué es un femicidio? 

Un femicidio es la muerte de una mujer que previamente fue amenazada, agredida y hostigada, ante la indiferencia y/o complicidad de las autoridades que debieron protegerla. Cuando una mujer ha recibido violencia física por parte de su familia o pareja; cuando ha sido hostigada por una persona, o presionada de manera constante para hacer algo contra su voluntad, y esa mujer acudió a la policía, o un juzgado cívico para poner una denuncia, pero las autoridades no la protegieron, o no dieron seguimiento a su caso, y finalmente esa mujer murió como resultado de la violencia que acudió a denunciar, ahí se ha cometido un femicidio. 

El responsable directo del femicidio es el agresor. Pero la autoridad negligente también es penalmente responsable, según el artículo 325 del Código Penal de la República Mexicana
Sin embargo, en los medios se habla de cientos o miles de femicidios y se reclama a los gobiernos estatales por no activar la "alerta de género". No falta la comunicadora que habla del "miedo que le da salir a la calle"; del "clima de persecución contra las mujeres", de que "en México a las mujeres se les mata únicamente por ser mujeres". 

Vamos por partes: 

Es falso que haya un clima de vioencia contra la mujer. El clima de violencia es lo único equitativo y democrático en este país: afecta y hace daño a todos, sin distinción de género o clase social. 

En los últimos diez años (2006-2016) han hasta 70 mil personas han sido asesinadas y el gobierno reconoce que 7 de cada 10 fueron víctimas del crimen organizado. Aproximadamente  una de cada diez víctimas es mujer. 

No pretendo minimizar el dato: cada día seis o siete mujeres son asesinadas en este país. Hay países en donde un asesinato es noticia; aquí la noticia sería que haya menos de sesenta o setenta asesinatos diarios. 

Organizacones feministas como Data4, y los medios de comunicación toman cada asesinato de mujer como un femicidio. No les falta razón, cuando advierten que casi la mitad muertes violentas de mujeres ocurren en casa; sin embargo, no distinguen entre violencia de pareja y asaltos, secuestros o violaciones. Ahí hay un sesgo. 


Como resultado del sesgo, parece que todas las muertes violentas de mujeres son resultado de la misoginia. "se le mató por ser mujer"; "en México nos matan sólo por ser mujeres"; "nos queremos vivas"; "siento miedo de salir a la calle", se scucha en los medios. 

Hacen parecer que en México se está orquestando un genocidio contra las mujeres. Que grupos de encapuchados bailan en la noche alrededor de una hoguera y luego salen a cazar mujeres. Que hay hombres apostados en las azoteas, armados con rifles y miras telescópicas, listos a disparar a cualquier mujer que se atreva a salir de la cocina. 

Hay una buena intención en todo esto: se trata de crear conciencia de que la violencia de pareja es un problema social grave, que genera lesiones y hasta la muerte de cientos de mujeres. Correcto, pero por algo se dice que el camino al infierno está empedrado de buenas intenciones. 

Lo que se está generando es un clima de histeria, en el que parece que los mexicanos somos unos salvajes que disparamos a una mujer en cuanto la vemos sola en la calle. Parece que las mujeres tienen que ir a la escuela o al trabajo escondidas, o acompañadas de un varon (su padre o su esposo, supongo) para no ser agredidas. Pero esta no es la consecuencia más grave...


La consecuencia más grave, es que al calificar toda muerte violenta de una mujer como "femicidio" crean las condiciones perfectas para que el crimen y el criminal queden impunes. Explico: 
Las autoridades tienen la obligación de esclarecer cualquier crimen. Cuarquier muerte violenta, sin distinguir si fue de hombre o mujer. Pero en el caso de que sea una mujer, y esta mujer haya solicitado la protección de las autoridades antes de morir de forma violenta, las autoridades se hacen responsables por no haberla protegido. Es lo que dice el  Artículo 325 del Código penal federal

Pero cuando se dice que hay una ola de femicidios y se presiona a los gobiernos estatales para activar "alertas de género", el asesinato individual se desdibuja: quien mata a una mujer ya no es una persona con nombre y apellido, sino "la sociedad", "la cultura machista", "el sistema patriarcal", "la sociedad falocentrista"... o sea, todos. Cuando todos somos culpables ninguno lo es. O el culpable el el gobierno que no activó la "Alerta de género". 

En esa lógica (la ola de femicidios) ya no es necesario investigar cada muerte de manera individual: asaltos con violencia, secuestros, atropellamientos, robo de auto, allanamientos, violaciones, porque todos se consideran femicidios. Todo femicidio se considera, según los medios, un "crimen de odio", y según los mismos medios es parte de una cacería humana destinada a exterminar masivamente a las mujeres, por emanciparse. No hay que investigar: "le dispararon a esa mujer porque la odiaban" (por ser mujer), no le dispararon porque la familia no pudo pagar el rescate por el secuestro, ni para robarle su bolso, o para quitarle su automóvil; fue por ser mujer.  

Atrapados en esta narrativa, ahora tampoco es necesario saber si la asesinada mujer fue víctima de amenazas u hostigamiento; si acudió a la autoridad y los policías o los funcionarios ministeriales la ignoraron o se burlaron de ella; si esos policías están en colusión con los ladrones, si protegen al secuestrador o sencillamente son ineptos. El Código Penal ordena investigar si en la muerte violenta de una mujer hay alguna responsabilidad o complicidad por parte de las autoridades, pero como todos son femicidios, las autoridades quedan libres de responsabilidad, porque la culpa es del patriarcado opresor

Feministas y autoridades unidos por la impunidad. 





Esto, es lo que dice el Código Penal federal sobre el femicidio:

Título Decimonoveno

Delitos contra la vida y la integridad corporal

Capítulo V. Feminicidio

(Reformado [N. de E. adicionado], D.O.F. 14 de junio de 2012)

Artículo 325. Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.
Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes
circunstancias:

I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

IV. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;
El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa.

Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.

En caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio. 

Agravantes:

Al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de quinientos a
mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de tres a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.



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